España actualiza su catálogo de señales, pero las 'fantasma' seguirán en las calles
El Real Decreto 465/2025 cambió el STOP después de 18 años, aunque no resuelve las señales que crean los ayuntamientos por su cuenta
El Real Decreto 465/2025, publicado en el BOE el 17 de junio de 2025, modificó el Catálogo Oficial de Señales de Circulación en España después de 18 años sin cambios. La reforma rediseñó el símbolo de STOP, incorporó indicaciones específicas para patinetes eléctricos y bicicletas, y ajustó algunas señales por cuestiones de género.
El cambio importa porque deja al descubierto un problema que la actualización no resuelve: las llamadas señales fantasma, indicaciones que circulan en calles y carreteras españolas sin figurar en el reglamento nacional. No haberlas acatado puede derivar en sanción, aunque su validez legal es, en muchos casos, discutible.

La mayoría de estas señales nace de ayuntamientos que detectan una necesidad no cubierta por el catálogo oficial y deciden crear su propia solución. El ejemplo más citado ocurre fuera de España, en la localidad italiana de Tavullia, donde el alcalde bajó el límite urbano genérico de 50 km/h a 46 km/h en honor al piloto local Valentino Rossi, cuyo dorsal es el 46. Las señales que marcan ese límite ni siquiera usan la tipografía estándar, sino el diseño del número del piloto.
En España, la Asociación de Fabricantes de Señales Metálicas de Tráfico (AFASEMETRA) llevaba años pidiendo a la DGT que actualizara un reglamento congelado desde 2003 para incorporar indicaciones que ya se usaban en la práctica sin respaldo normativo. Un caso es la señal de peligro por zona frecuentada por personas mayores, aprobada en la última reforma para advertir sobre tramos con riesgo por movilidad reducida.

Otro ejemplo son las señales de puntos de recarga para vehículos eléctricos: existían de facto desde hace años, inspiradas en modelos de otros países, antes de que la DGT aprobara en 2025 las versiones S-105d y S-105e, que distinguen entre una estación de servicio con recarga y un punto de recarga exclusivo.
Las señales colocadas en zonas privadas, como urbanizaciones, quedan fuera de esta discusión: se rigen por los estatutos de cada comunidad de vecinos y no se consideran fantasma aunque no estén en ningún catálogo nacional. El organismo Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha advertido del riesgo para la seguridad vial que implica que cada ayuntamiento diseñe señalización propia sin coordinación con el reglamento general. Mientras no exista una norma local específica que respalde una señal no catalogada, la recomendación es recurrir cualquier multa derivada de su incumplimiento.


