España obligará a bajar 20 km/h al rebasar autos averiados en carretera desde octubre
La norma exige también 1.5 metros de separación, igual que con ciclistas, y castiga con multas de 200 euros
El Real Decreto 518/2026, aprobado en junio por el Consejo de Ministros español, entra en vigor en los próximos días y modifica el Artículo 88 del Reglamento General de Circulación para exigir una reducción mínima de 20 km/h al adelantar vehículos averiados, de mantenimiento o de emergencias en carretera.
La medida busca proteger a operarios, agentes y ocupantes que puedan encontrarse junto a la calzada. Este verano de 2026, 26 personas murieron atropelladas en vías españolas, tres más que el año anterior: 14 en autovías y autopistas, y 12 en carretera convencional, entre ellas un operario de conservación vial.

La norma equipara el trato hacia estos vehículos con el que ya existe para ciclistas: exige mantener una separación mínima de 1.5 metros además de la reducción de velocidad. Antes el reglamento solo pedía bajar la velocidad de forma genérica, sin fijar una cifra concreta.
En la práctica, si el límite de una autopista es 120 km/h, el adelantamiento a un vehículo averiado deberá hacerse a 100 km/h o menos. En un tramo restringido a 80 km/h, el rebase tendrá que ser a 60 km/h. En carretera convencional, con límite de 90 km/h, la velocidad de paso baja a 70 km/h, y en zonas de 70 km/h, a 50 km/h.

Incumplir esta obligación se considera infracción grave y conlleva una multa de 200 euros, aunque a diferencia de las sanciones por adelantamientos indebidos a ciclistas, esta no resta puntos del carnet. La reforma se suma a los cambios que la DGT ya había introducido en octubre para proteger a ciclistas en carretera.


